martes, 31 de mayo de 2011

El amparo fue rechazado

Lamentablemente, informamos que el pasado 20 de mayo de 2011, el Tribunal Superior de Justicia rechazó el amparo presentado en el marco de la Campaña "Aquí vivo, Aquí voto".

Transcribimos la resolución del Expte. n° 8029/11:

"Vistos: los autos indicados en el epígrafe,
resulta:

1. Los actores promovieron ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de primera instancia de la Ciudad, un amparo colectivo (cf. arts. 14 CCABA, ley nº 2145 y 43, CN) contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que garantice “el pleno ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía de los extranjeros residentes en condiciones de igualdad y sin discriminación” y se le ordene realizar “todas las medidas hasta el máximo de los recursos disponibles para cumplir con la obligación de publicidad“ establecida por el art. 11, ley nº 334.
Fundaron su pretensión en el art. 2º de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; los arts. 1º y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el art. 42.2 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias; los arts. 11 y 62, CCABA; y el art. 13 de la Ley Nacional de Migraciones nº 25871 (fs. 9 y fs. 11).
Como medida cautelar solicitaron que el Gobierno “realice publicidad y promoción del registro de electores extranjeros y habilite como sedes de inscripción las oficinas del Registro Civil y Capacidad de las Personas y las entidades representativas que agrupen a inmigrantes y colectividades con provisión de recursos materiales y humanos” y se dicte “la prórroga del plazo de la constitución del padrón provisorio establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional, que permita la incorporación de ciudadanos con residencia permanente al padrón, en condiciones para votar en la próxima elección, por un plazo razonable” (fs. 1/2 y 14).

2. El juez a cargo del juzgado en lo contencioso administrativo y tributario nº 11 resolvió declararse incompetente (fs. 43) y envió las actuaciones al Tribunal.

3. El 4 de mayo de 2011 el Sr. Presidente del Tribunal confirió vista a la Fiscalía General (fs. 48). El Sr. Fiscal General Adjunto, emitió su dictamen a fs. 50/54, inclinándose por la competencia del Tribunal y propiciando el rechazo in limine de la acción de amparo.

Fundamentos:
Los jueces Alicia E. C. Ruiz, José Osvaldo Casás y Ana María Conde dijeron:

1. El Tribunal es competente en función de lo establecido en los arts. 113, inc. 6, CCABA, y art. 1, de la ley n° 334,

2. La pretensión cautelar detallada en el punto XIII del escrito de demanda, dirigida a obtener una prórroga del plazo para la incorporación al padrón de extranjeros para la próxima elección, no puede prosperar por ausencia de verosimilitud del planteo.
El plazo de constitución del padrón provisorio venció el día 10/4/2011 (tres meses antes de la elección), y en la actualidad se está conformando el padrón definitivo. Esta situación, producto de la aplicación del derecho positivo vigente, vacía de sustento jurídico la petición cautelar la cual es, además, definitivamente inoportuna.

3. El segundo cuestionamiento, planteado tanto en la cautelar como en el amparo, referido a la falta de difusión del trámite de inscripción de electores extranjeros y a la centralización de las inscripciones, carece de la urgencia que justifica la utilización del instituto del amparo y, por lo tanto, vuelve inadmisible la vía escogida.

Por ello, y oído el señor Fiscal General,
el Tribunal Superior de Justicia
resuelve:

1º. Declarar su competencia para conocer en este expediente.
2º. Rechazar las medidas cautelares solicitadas.   
3º. Declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta.
4º. Mandar se registre y se notifique al Sr. Fiscal General y a los actores.

El juez Luis Francisco lozano no firma por estar con licencia.
Firmado: Casás. Ruiz. Conde
"

lunes, 18 de abril de 2011

Inscriptos en el Registro de Electores Extranjeros entre 2000 y 2011

Fuente: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Elaboración propia.

De acuerdo a los datos enviados por el Tribunal Superior de Justica de la CABA, el cuadro muestra la cantidad de inscriptos en el Registro de Electores Extranjeros por año entre el 2000 y hasta el 14 de abril de 2011.
Se destaca que el día 13 de abril del empadronamiento masivo se inscribieron 189 personas, cifra superior al total de los inscriptos en algunos años completos como el 2001, 2002, 2004, 2006 y 2008. 
Al 14 de abril de 2011 se habían inscripto en el registro, en el presente año, 411 personas, lo cual da cuenta de un alto número de inscripción, sobretodo si recordamos que aún nos encontramos en el primer cuatrimestre del año.

Proyecto de Resolución en la H. Cámara de Diputados de la Nación

El Diputado Antonio Arnaldo María Morante (Frente para la Victoria) presentó un proyecto de Resolución en la H. Cámara de Diputados (Expte. 1546-D-2001) para "expresar la adhesión a la campaña "Aquí vivo, aquí voto" por la cual se impulsa una reforma legislativa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para garantizar el empadronamiento automático de residentes extranjeros". El proyecto presentado en fecha 06/04/2011 tiene giro a la Comisión de Asuntos Municipales.

viernes, 15 de abril de 2011

Declaración de Interés Social de la Campaña "Aquí vivo, aquí voto" por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró de Interés Social la Campaña "Aquí vivo, aquí voto". El Proyecto del Diputado Rafael Gentili fue aprobado en la sesión del día 14/04/2011 por unanimidad.

DECLARACIÓN
 
Declárase de Interés Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la campaña "Aquí vivo, aquí voto" que promueve la difusión de los derechos políticos de los habitantes extranjeros que viven en esta Ciudad.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:
La campaña "Aquí vivo, aquí voto" está destinada a la difusión de los derechos políticos de las comunidades migrantes que viven en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo por principal objetivo la incorporación definitiva al electorado porteño de los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en la Ciudad.
Esta iniciativa se basa en el cumplimiento de la Constitución de la Ciudad y en la ampliación de la normativa vigente en materia electoral, principalmente la Ley 334 de Registro de Electoras Extranjeros y Electores Extranjeros.
Dicha ley establece en su Art. 2º que "los extranjeros y las extranjeras desde los dieciocho (18) años de edad cumplidos estánhabilitados para votar en los actos electorales convocados en el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa inscripción voluntaria en el Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros".
Los requisitos que sostiene la ley para inscribirse al Registro son: tener la calidad de "residente permanente", poseer Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero, acreditar tres (3) años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires y tener registrado en el DNI su último domicilio real en la Ciudad, además de no estar incursos en las inhabilidades que establece el Código Electoral Nacional.
Por otro lado, el Art. 11 de esta misma ley establece: "El Poder Ejecutivo de la Ciudad instrumentará las medidas generales de publicidad, con particular referencia a las entidades representativas que agrupen a inmigrantes y colectividades, que sean explicativas del derecho de los/las extranjeros/as residentes en la ciudad de Buenos Aires a votar en las elecciones locales, incluyendo los requisitos y el procedimiento para su inscripción".
Sin embargo, y a pesar de la normativa vigente, las estadísticas revelan que actualmente, de una población de 340.960 personas con residencia permanente en Argentina y domicilio en la Ciudad de Buenos Aires (un 11,2% del total de los habitantes de la Ciudad), solamente se encuentran empadronadas 11.807.
Esto significa que sólo alrededor de un 3% de los extranjeros que residen de forma permanente en la Ciudad puede participar en la elección de quienes gobiernan y adoptan las decisiones que nos afectan a todos y cada uno de los habitantes, sin importar la nacionalidad de origen.
En este marco, un amplio abanico de colectividades de migrantes, organizaciones sociales, políticas y sindicales de la Ciudad de Buenos Aires se reunió para llevar adelante la campaña "Aquí vivo, aquí voto", que propone la difusión de los derechos políticos de los residentes extranjeros y la ampliación de las facilidades para fomentar su participación ciudadana.
De este modo, una de las iniciativas que promueve esta campaña es la del empadronamiento automático de los residentes extranjeros en condiciones de votar, para modificar la actual obligatoriedad de una inscripción previa a un registro que hoy alcanza a un número muy bajo de migrantes debido a la falta de información y de canales ágiles para concretarla.
Otro de los puntos que forman parte de la campaña es la reforma de la Ley de Comunas para permitir a los ciudadanos no nacidos en la Argentina formar parte de las Juntas Comunales.
La campaña "Aquí vivo, aquí voto" se inició el pasado sábado 2 de abril con mesas de difusión en distintos barrios porteños, entre ellos los que cuentan con mayor densidad de habitantes extranjeros como Liniers, Barracas, Bajo Flores, la Villa 31 y Villa 3, entre otros.
En tanto, las organizaciones participantes han convocado para el 13 de abril a un "empadronamiento masivo" de residentes extranjeros en el Tribunal Superior de Justicia.
Esta campaña es llevada adelante una gran cantidad de organizaciones representativas de comunidades de migrantes y diversas organizaciones políticas, sociales y sindicales. Entre ellas figuran el Servicio Ecuménico de Apoyo y Orientación a Migrantes y Refugiados; el Centro de Estudios Legales y Sociales; la Secretaría de Derechos Humanos del CEDYCS-UBA y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Lanús.
Como señala, la convocatoria de la campaña, "el derecho a elegir y ser elegido es un derecho de todos y todas, que promueve la integración y la cohesión entre los habitantes y profundiza la democracia".
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del siguiente proyecto de declaración.